PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Defensora Privada, Dra. Mercedes Ponce, por considerarlo procedente y ajustado a derecho de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 9, 256, 264 y 244 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en consecuencia acuerda EL CESE de la medida cautelar sustitutiva de libertad impuesta a los acusados MAURICIO ALBERTO BIARRETA MAYORGA, CARLOS JOSE MEDINA, MAXIMO ALEJANDRO PALACIOS FALCON y GILBERTO PIRE GONCALVES, titulares de las cédulas de identidad N° V-13.044.326, V-5.575.077, V-15.370.283 y V-16.725.311, respectivamente, en fecha 03-03-2004, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de esta Circunscripción Judicial y sede, la cual consistía en cumplir presentaciones ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público Circunscripcional cada quince (15) días. SEGUNDO: Se impone a los referidos acusados e.....