Por los razonamientos expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la oposición formulada ciudadano TULIO ABAD MARTINEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-9.203.007, abogado e inscrito en el Inpreabogado con el N° 31.102, en su carácter de Presidente de la empresa MATIZ RISTORANTE C.A.
No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza del asunto.