Declara CON LUGAR la solicitud de Conversión en Divorcio definitivo de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos: CARLOS EMILIO CASTELLANOS CARREÑO y ESMERALDA DI CRISTOFARO PELLEGRINO plenamente identificados y en consecuencia queda disuelto el vinculo conyugal contraído por ellos en acto celebrado en fecha quince (15) de Agosto de mil novecientos noventa y ocho (1.998), según Acta de Matrimonio número noventa y uno (91) expedida por ante la Prefectura del Municipio Junín del Estado Táchira.
En cuanto a: CARLA ANTONELLA, la patria potestad, la guarda, la obligación alimentaria y el régimen de visitas se regirá por lo estipulado por las partes en el escrito de solicitud, al igual que el régimen patrimonial. Y ASI SE DECLARA.
Liquídese la comunidad conyugal si hubiere lugar a ello.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Tác.....