Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: 1-. NIEGA OTORGAR MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, a la acusada MARÍA LETICIA MARRERO MARÍN, identificada en autos, de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. 2-. SEÑALA EL 29 -03-06 A LAS 10:00 A.M. para la celebración del Juicio Oral y Público.