DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por diferencia de prestaciones sociales, intentada por las ciudadanas LIDA RAMOS y YENNI GARCIA, en contra de la entidad de Trabajo FUNDACION PARA LA PROTECCION SOCIAL Y SALUD DEL MUNICIPIO VARGAS (FUNDAPROSALUD).
SEGUNDO: se acuerda el pago de la corrección monetaria, para su determinación se ordena realizar una experticia complementaria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, atendiendo lo parámetros que se indicaron en la parte motiva de la presente decisión.
TERCERO: Se ordena oficiar al Banco Central de Venezuela, a fin de que realice la experticia complementaria del presente fallo toma.....