éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana ANA MARÍA GRATEROL, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-8.176.047, sobre las bienhechurías descritas en su solicitud y en el Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DPPPCUC-CEB-045-2020, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de tercero.