EL Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha diez (10) de diciembre de 2008, por la abogado Mary Elizabeth Manrique Delgado, con el carácter de co-apoderada de la parte demandante, en contra de decisión dictada en fecha tres (03) de diciembre de 2008 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha tres (03) de diciembre de 2008 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial. TERCERO: SE CONDENA en costas procesales a la parte demandante, ciudadana Milena Antonia Bergara de Molleda, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil. Queda CONFIRMADA la decisión apelada.