"...PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de AUMENTO de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por la ciudadana BRENDA KARINA SOLANO ESCALANTE, actuando en nombre y representación de los hermanos PABON SOLANO.
SEGUNDO: Se establece como Aumento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCION que el obligado FRANKLIN PABON GRIMALDO debe pagar para sus prenombrados hijos, la cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES (Bs. 6.000,oo) mensuales, ó la cantidad de TRES MIL BOLÍVARES (Bs. 3.000,oo) quincenales, a partir del mes de MAYO de 2016. Dinero que deberá ser descontado de la nómina que le corresponde al obligado tal como fue ofrecido por el mismo y consta en acta que riela al folio 24.
TERCERO: Se condena al obligado a pagar el 50% de las facturas por gastos de educación, navidad, atención médica, medicinas y otros, que surjan en beneficio de los prenombrados niños.
CUARTO: Se ordena aperturar cuenta de ahorro en el Banco Bicentenario agencia La Fría, a nombre de la ciudadana BRENDA KARINA SOLANO ESCALANTE .....