Declaró de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, TÍTULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurías ubicadas en el Sector Tropicana, carretera Vieja Caracas-La Guaira, Calle Principal de Montesano, Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas, Estado Vargas, a favor de la ciudadana HAYDEE ROSALIA NAVARRO PÉREZ