POR LOS FUNDAMENTOS ANTES EXPUESTOS, ESTE TRIBUNAL UNICO DE JUICIO CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el articulo 242 ordinales 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal otorga al acusado ALVARO VILLAMIZAR SEPULVEDA, medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, debiendo el mismo cumplir con las condiciones: 1) Presentaciones cada treinta (30) días ante este Tribunal por intermedio de la oficina del alguacilazgo. 2) Prohibición de salida del territorio nacional sin previa autorización del Tribunal. 3) Asistir el día de la apertura de juicio. Así mismo impone las siguientes medidas de protección a favor de la victima en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el Articulo 90 ordinales 5, 6 y 13 de la Ley Orgánica Especial. Acto seguido el acusado manifes.....