Por lo anteriormente expuesto, esta Jueza Temporal Unipersonal No. 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República
Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO 80, del año 1993, perteneciente al niño WILLAN ENRIQUE, expedida por la Prefectura del Municipio Lobatera, distrito Lobatera, y el Registro Principal del Estado Tàchira, en el sentido que en donde aparezca el numero de la cedula de identidad de la progenitora ciudadana MARCY COROMOTO MEDINA, como " Nº 14.366.017 ", deberá aparecer como " Nº 14.368.017 "