En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA, realizada por el ciudadano Fiscal Auxiliar Decimoséptimo del Ministerio Público, por hecho ocurrido el día 12-06-2.006, en las circunstancias de tiempo, lugar y modo, que ya han sido mencionadas en la presente acta y en el que figura como imputado el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA); por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano J.A.P.R. y J.C.B.O.
SEGUNDO: ORDENA la continuación de la causa por los trámites del PROCEDIMIENTO ABREVIADO, de conformidad con lo previsto en el segundo aparte del artículo 373 del Código.....