Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Estadal y Municipal del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, IMPONE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado SAOMAR ALEPH ROJAS CASTELLANOS, arriba identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 236, en relación con el artículo 242, numeral 3, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVISIMAS A TITULO DE DOLO EVENTUAL, previsto y sancionado en el artículo 414 del Código Penal, en relación con la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 12-04-2011, con ponencia del magistrado Francisco Carrasquero López, expediente Nª 10-0681; debiendo el hoy imputado cumplir con un régimen de presentaciones cada 30 días ante la sede de este Circuito a firma.....