es por lo que esta JUEZA UNIPERSONAL N° 1 DE LA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y conformidad con lo establecido en los artículos 08 y 393 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, concede AUTORIZACION JUDICIAL amplia y suficiente al adolescente LEONARDO JOSE y a la niña MARIA ISABEL RAMIREZ JURADO, venezolanos, de trece (13) y once (11) años de edad, identificados con partidas de nacimiento Nros. 409 y 525 expedidas por la Prefectura del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 21.085.740 y V-23.545.485 para que VIAJEN a MADRID ESPAÑA en compañía de su Abuela materna ciudadana RAZZI MAGALI PEREZ DE JURADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.430.894, específicamente a la Calle Antonio López N° 43, piso 5 letra G, Códig.....