Se homologo el acuerdo de las partes y se condena a la parte demandada a cancelar la cantidad de Bolívares SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLIVARES CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs.68.288,89) para el trabajador JONATHAN JAVIER GUERRERO LABRADOR, de los cuales están oferidos en la presente oferta que cursa en autos la cantidad de Bs.18.934,89 y que comprende los conceptos de antigüedad, intereses sobre antigüedad, vacaciones, bono vacacional y otros conceptos, más la cantidad de Bs.49.354,00 que será pagada mediante 04 cheques en el día de hoy, a saber: 03 cheques del Banco SOFITASA bajo el número: 32415290, 42215227 y 93915238, más un cheque del Banco Venezolano de Crédito, bajo el número: 00014697 a nombre del trabajador, monto éste que comprenden la indemnización por enfermedad el cual es acordado por ambas partes dándole efectos de la Cosa Juzgada.