Vista el convenimiento celebro entre los Ciudadanos: WILMER ALEXANDER RINCON SERVITA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.517.080, y la ciudadana YUJEHIRY CAROLINA GALVIS SEPULVEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.517.459, actuando en beneficio de (omissis), de fecha 13 de Agosto de 2.010, celebrado por ante este Tribunal de los Municipios Junín, Rafael Urdaneta, de esta Circunscripción Judicial del Estado Táchira, asistidos por la Abogada ELSA RAMIRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 58.772, en el cual manifiestan "... De común y amistoso acuerdo, hemos acordado en fijar la obligación de manutención de nuestra hija YUSMARY YULEXANETH RINCON GALVIS, en la cantidad de Quinientos Bolívares (Bs. 500,00) mensuales y las cuotas extraordinarias de los meses de Septiembre y Diciembre en Un Mil Bolívares (Bs. 1.000,00) cada una de ellos, dicha cantidad de dinero serán descontadas de la nómina del ministerio de Edu.....