PRIMERO: CON LUGAR la confesión ficta del ciudadano CARLOS ENRIQUE MONSALVE CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.354.278, de este domicilio y hábil.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Resolución de Contrato de Opción a Compra interpuesta por LUIS BERTONI CHAPETA CARRILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.985.690, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 159.233, actuando en su propio nombre y representación, contra CARLOS ENRIQUE MONSALVE CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.354.278, de este domicilio y hábil.
TERCERO: Se resuelve el contrato de opción a compra celebrado entre los ciudadanos CARLOS ENRIQUE MONSALVE CONTRERAS y LUIS BERTONI CHAPETA CARRILLO, anteriormente identificados, celebrado en fecha 08/07/2010, por ante la Notaria Primera de San Cristóbal Estado Táchira, inscrito bajo el No. 42, Tomo 131.
CUARTO: Se ord.....