Por todos los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la solicitud presentada por el ciudadano RAFAEL ANGEL MALDONADO ROSALES, titular de la cédula de identidad Nº V.- 2.284.639, mayor de edad, venezolano, soltero, de este domicilio.