Este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento en la solicitud de DIVORCIO, presentada por el ciudadano JOSE ALBERTO MONASTERIO OJEDA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-12.164.944, asistido por el abogado GABRIEL LUQUE, Defensor Publico Auxiliar Segundo (2°) con competencia en materia Civil, Mercantil y Transito, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°269.839 y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo previsto en los Artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.-