En este estado el Tribunal visto el pago efectuado por la parte demandada y su aceptación por los apoderados judiciales de la parte demandante acuerda abstenerse de la práctica de la medida de embargo objeto de la presente comisión y remitir la misma junto con todos sus actuaciones al juzgado comitente a los fines de que este ultimo le imparta la homologación correspondiente previo registro de su salida y expedición de las copias para el archivo de este Tribunal, asimismo se acuerda agregar las copias fotostáticas simples del documento estatutario de la sociedad mercantil La Babilonia C.A., constante de 8 folios útiles. Es todo.