este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DEL RÉGIMEN, impuesto al ciudadano: CARLOS JOSÉ DELGADO SEPULVEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nr. 10.159.795 y residenciado en Caño Tigre, Vía Panamericana, a 100 metros después de la Bomba, El Trébol, Estado Mérida, por el delito de: HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 408 del Código Penal, en perjuicio de ANIBAL JOSÉ DELGADO SEPULVEDA y en consecuencia se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tales hechos punibles, y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.