El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró CON LUGAR, la inhibición propuesta por el abogado RAFAEL MANUEL NIETO RICAURTE, en su condición de Juez Titular del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, fundamentada en las causales previstas en los numerales 18° y 20° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en el expediente signado en esa Alzada con el No. 267.