este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el criterio jurisprudencial contenido en la Sentencia N° 1070-2016, en concordancia con la sentencia N° 136-2017, emanadas de la Sala Constitucional y la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, por consiguiente declara DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos RHONNA YADESMIRA MORALES y JUAN FRANCISCO ALFONZO GARCÍA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.042.080 y V-13.043.330, respectivamente, contraído por ante La Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del estado La Guaira, en fecha veintitrés (23) de mayo del año dos mil dieciséis (2016), asentada bajo el N° 04 del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevados por ese Despacho.