DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control Sección Responsabilidad Penal de Adolescentes de Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a emitir el pronunciamiento siguiente: DECLARA LA RESPONSABILIDAD PENAL de la adolescente imputada DECLARA PENALMENTE RESPONSABLE, a la adolescente imputada identidad omitida, plenamente identificada ut supra, y la sanciona con AMONESTACION VERBAL, establecida en el artículo 623 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la cual consiste en la severa recriminación verbal a la Adolescente acusada. Cúmplase.-
Regístrese, Publíquese, y déjese copia autorizada, Dada, firmada y sellada, en la Ciudad de la Guaira, a los Catorce (14) días del mes de Marzo de Dos mil Trece (2013). Año 202º de la Independencia y 253º de la Federación.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. JOSE ANTONIO .....