Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, ciudadanos GERARDO JOSE DUQUE CAMARGO y MARLYN YOHANNA MARQUEZ CAMACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 15.988.463 y 15.027.638, en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos. Y visto el escrito presentado por el ciudadano JOSE ALEXIS PARRA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-9.213.654, asistido por la abogada GLADYS SABRINA OMAÑA RODRIGUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 64.912, en el cual expone que el día 09 de febrero de 2011, falleció quien fuera su hermano, ciudadano DAGOBERTO PARRA GONZALEZ, quien era titular de la cédula de identidad N° 9,238,266, según certificación expedida por el Dr. José Ricardo Márquez, tal y como se evidencia del Acta de Defunción Nº 31, expedida por la Registradora Civil de la Parroquia Táriba del Municipio Cárdenas,.....