Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: CARMEN YUDITH POLEO TORTOZA y JUAN GABRIEL YEPEZ SMITH, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.571.959 y V-15.780.218, respectivamente, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha 16/02/08, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía del estado Vargas.
De conformidad con lo establecido en el Articulo 351 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, con relación a los niños habidos de la unión matrimonial, la Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza será ejercida por am.....