VI
DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, con la facultad otorgada en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA PRETENSIÓN DE DESLINDE incoada por los ciudadanos ESCOBAR DE PUENTES CARMEN ALICIA y PUENTES ROMERO JOSÉ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 5.651.809 y V-10.821.402, domiciliados en Santa Ana, Municipio Córdoba del Estado Táchira, a través de sus apoderadas judiciales las Abogados Magaly Socorro Parra de Depablos e Isolina Jáuregui Velasco, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 48.353 y 48.354 respectivamente, en contra de las ciudadanas ZULAY NIETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.105.850, soltera, domic.....