DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Dicta el siguiente pronunciamiento: Declara IMPROCEDENTE la presente solicitud de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, déjese copia, Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO
Dra. ROSALBA MUÑOZ FIALLO
LA SECRETARIA
AB. HAIDELIZA DARIAS
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
AB. HAIDELIZA DARIAS