este Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos SUIL AIVEL DEL VALLE RASSE ESCALONA, SIUL AILUJ RASSE ESCALONA y JOSÉ GREGORIO RASSE OTERO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros V- 18.323.514, V- 17.959.613 y V- 11.059.866, respectivamente, respecto al De-cujus LUIS JOSÉ RASSE, ex titular de la cédula de identidad N° V-2.169.778, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.-