éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario Y Ejecutor de Medidas de Municipio del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, LE IMPARTE SU HOMOLOGACION AL DESISTIMIENTO interpuesto por la ciudadana ELBA DEL CARMEN MARTINEZ, titular de la cédula de identidad No. V-1.593.553, asistida por el abogado ALIRIO PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.687, y en consecuencia, lo HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes con fuerza de cosa juzgada, ello de conformidad con lo pautado en el Artículo 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil.