PRIMERO: Con Lugar, la presente demanda que por COBRO DE BOLÍVARES POR VÍA DE INTIMACIÓN, incoó la Abogado KATIUSKA CALLES DE MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.129.945, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 35.595, de este domicilio de La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira y hábil, actuando con el carácter de endosataria en Procuración para el cobro de la sociedad Mercantil MÉNDEZ MOTORS C.A.
SEGUNDO: Por tal declarativa con lugar se condena a la ciudadana: LETSY LORENA DIAZ DE MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-10.747. 144, domiciliado en la calle 4, No. 6-85 de la ciudad de La Grita del Estado Táchira y hábil, a pagar las siguientes cantidades: 1.) La suma de (Bs.2.657.717,00) por concepto de Capital. 2).- La suma de (Bs. 1.097.558,10) por concepto de intereses calculados al 5% de conformidad con lo establecido con el articulo 414 del Código de Comercio, desde el vencimiento de dichas letras.....