Por las razones antes expuestas, este Juez Unipersonal N°.01 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos HELEN MINOSKA BLANCO HERNANDEZ y JUAN JOSE ARMAS MIJARES venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Números V-13.826.184 y V-12.461.406 respectivamente, debidamente asistidos por la Profesional del Derecho AYSKEL JOSEFINA COELLO SANCHEZ, abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 93.294, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, declara DISUELTO, el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos HELEN MINOSKA BLANCO HERNANDEZ y JUAN JOSE ARMAS MIJARES, en fecha treinta y uno (31) de Marzo de 1989, por ante la Primera Autoridad Civil de .....