Por todos los fundamentos de hecho, de derecho y jurisprudenciales antes expuestos y analizados, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando en sede de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, conforme a lo establecido en los artículos 26, 49, 76 y 78 de nuestra Carta Constitucional y artículos 8 y 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con Lugar la Demanda de Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana VICKY XIMENA LINDARTE LINDARTE, madre y representante legal de las niñas (se omite el nombre por disposición de Ley) en contra del ciudadano JUAN PABLO OCHOA MALDONADO, todos ya suficientemente identificados en la presente decisión.
SEGUNDO: Se Fija la Obligación de Manutención que el ciudadano JUAN PABLO OCHOA MALDONADO debe consignar a favor de sus hijas (.....