este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio y por consiguiente DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos FREMIR JOSE GONZALEZ DIAZ y INES EMILIA LUGO DIAZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédula de identidad números V-13.042.767 y V-11.636.332, respectivamente, contraído por ante la Unidad de Registro Civil y Justicia del 4° Circuito de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Vargas, de fecha 30 de junio de 2005, inserta en el acta N° 10. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias que solicite la parte interesada. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la anterior decisión.