En este estado el Tribunal visto lo solicitado por la parte ejecutante y por cuanto se observa que efectivamente el inmueble objeto de la entrega se encuentra casi en su totalidad desocupado, procede hacer entrega del mismo al apoderado judicial de la parte actora, quien lo recibe conforme y en el estado en que se encuentra, quedando la Notificada facultada para continuar el retiro de un nacimiento navideño y la ropa de los closets que aun se encuentran dentro del inmueble, así como los dos animales caninos.