Visto el contenido del escrito presentado en fecha 31/10/2012, suscrito por la parte demandante, ciudadanos CLEMENT BEATRIZ BOL TORRE y FRANCISCO ADRIAN GAMBOA VALDERRAMA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad números 14.776.693 y 12.517.387 en su orden y de este domicilio, asistidos del abogado FELIPE ORESTERES CHACON MEDINA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 24.439, por una parte y por la otra, la parte demandada, ciudadano ROOBELL JOSE HERNANDEZ TORO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.346.350 y de este domicilio, asistido de la abogada YETCELLY HERNANDEZ TORO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 71.394, en el que deciden poner fin al presente juicio mediante TRANSACCIÓN; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCI.....