Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declina la competencia para conocer la solicitud de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, presentada por los ciudadanos MIGUEL ANGEL MAYORA y SOBEIDA MAYORA USTARIZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° V.-11.643.216 y V.-11.640.103, respectivamente, en el Juzgado de Municipio de las Parroquia Carayaca y El Junko de esta misma Circunscripción Judicial, a quien se ordena remitir el presente expediente de solicitud.