Primero: Declara con lugar la apelación interpuesta por la representación del demandante, en diligencia de fecha 30 de septiembre de 2004, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 30 de septiembre de 2004.
Segundo: Revoca el auto apelado, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 30 de septiembre de 2004.