Este Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuesta por el ciudadano JOSE CORDERO contra de la Empresa Mercantil SERVICIO DE PERSONAL ESPECIALIZADO GOLSERVI 2015, C.A.",