De conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 y 49 de nuestra Carta Política y artículo 267 ordinal 1º del Código de Procedimiento Civil, y por los fundamentos de hecho y de derecho ya expuestos y analizados, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: La Perención Breve de la Instancia en la presente causa que por Resolución de Contrato de Arrendamiento incoara el ciudadano OMAR ANTONIO NEIRA DUQUE, asistido por el abogado Luís Eduardo Venegas Sabogal, en contra de la ciudadana SANDRA PATRICIA SILVA ROJAS, todos suficientemente identificados en la presente decisión.
SEGUNDO: Extinguida la Instancia en la presente causa.
TERCERO: Notifíquese mediante boleta la presente decisión a la parte demandante. Cúmplase.
CUARTO: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese y déjes.....