PRIMERO: LA CONVERSION EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los cónyuges ciudadanos MARCO ANTONIO BALZA CASIQUE Y ASTRID YERITZA ZAMBRANO SANDOVAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.349.175 y V-14.418.985 en su orden y de este domicilio, la cual fue decretada el 05 de mayo de 2011.
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos, mediante acta de matrimonio N° 10, de fecha 13 de febrero de 2010, ante el Registro Civil del Municipio Independencia del Estado Táchira.
Liquídese la sociedad conyugal, si hubiere lugar a ello.