PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de DIEZ MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES CON CUARENTA Y SEIS CÉNTIMOS DE BOLÍVARES (Bs. 10.873,46), cantidad que comprende todos y cada uno de los conceptos reclamados en la demanda y que la Empresa TRANSPORTE DE CARGA GLOBAL C.A, por ser el patrono del demandante paga en este mismo acto mediante cheque del Banco provincial N° 00007700 de la Cuenta Corriente N° 0108 0104 45 0100083197 de fecha 15-06-11 a nombre de Roberth Alexander Sierra Cáceres. SEGUNDO: En la presente mediación, producto de las recíprocas concesiones de las partes, éstas manifiestan su entera conformidad con el acuerdo alcanzado y a su vez declaran que nada queda pendiente por ninguno de los conceptos reclamados en la demanda, razón por la cual dan por extinguida la deuda por concepto de prestaciones sociales a favor del demandante. Este Tribunal visto que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artícul.....