A.- ADMITE la calificación jurídica atribuida por la Fiscalía Novena del Ministerio Público, a la acusada ZAMORA NUÑEZ JUANITA, de nacionalidad costarricense, titular del pasaporte N° D-711525, natural de San José de Costa Rica, nacida el día 18 de enero de 1963, de 45 años de edad, de profesión u oficio, comerciante, soltera, hija de Antonio Zamora (f) y Leticia Núñez (f), residenciada en: San José de Costa Rica, Barrio Los Ángeles de la Castellana, 200 al sur, Costa Rica. Por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 en su encabezamiento de la Ley Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
B.- ADMITE TOTALMENTE LOS MEDIOS PROBATORIOS OFRECIDOS POR EL MINISTERIO PÚBLICO.
Queda así ADMITIDOS TOTALMENTE los medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 330 ordinal 9° del Código Orgánico Proce.....