De conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 49 de nuestra Carta Magna, y por los fundamentos de hecho, de derecho, doctrinarios y jurisprudenciales ya expuestos y analizados, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial el Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por Resolución de Contrato de Arrendamiento, interpusiera ante este Tribunal, el ciudadano CARLOS EDUARDO GUERRERO CAMARGO, asistido entonces por la abogada en ejercicio de su profesión Eliany Isabel Guerrero Camargo, en contra del ciudadano HERNANDO GUIZA VILLAMIL, ambas partes suficientemente identificadas en la presente decisión.
SEGUNDO: Se ordena al ciudadano HERNANDO GUIZA VILLAMIL, hacer entrega al demandante CARLOS EDUARDO GUERRERO CAMARGO, el inmueble constituido por un local para uso comercial ubicado en la carrera 7 esquina, No.6-59, avenida Venezuela, de la ciud.....