Este Tribunal declara TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana HAYDEE DEL CARMEN ARAQUE CHACON, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad N° V-13.211.687, sobre las bienhechurías descritas en el Informe de Inspección N° DPPCUC-OMTU-1014-2024, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Así mismo se hace del conocimiento al ciudadano Registrador de no Protocolizar el presente Título sin la autorización expresa de quien corresponda la propiedad.