DISPOSITIVA
Por todo lo que antecede, este Juzgado Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, ordena la desestimación de la denuncia interpuesta por la ciudadana: JUDITH JOSEFINA SUAREZ GARCIA, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-7.689.560, domiciliado en la Avenida Guaica puro con calle Tiuna,, casa antolina, Planta baja, La Capilla de Mamo, a la izquierda del abasto la subida, Parroquia Catia La Mar, formuló denuncia por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en consecuencia de ello se declara CON LUGAR la solicitud fiscal.
Regístrese, notifíquese a las partes y diarícese.
LA JUEZ,
Dra. MARIA ESTHER ROA S.
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