Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarle a los ciudadanos DORIS MARLENE RAMÍREZ DE ZAMBRANO, DIOSMAR ZAMBRANO RAMÍREZ y JORGE HUMBERTO ZAMBRANO RAMÍREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números V- 4.203.454 y V- 13.587.106 y V- 16.981.086, en su condición de cónyuge e hijos, respectivamente; el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JUAN DE DIOS ZAMBRANO ZAMBRANO, quien falleció Ab Intestato