Este Juzgado Superior Civil, actuando en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada contra la sentencia pronunciada en fecha 21 de noviembre de 2006 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, la cual se revoca.
2. PARCIALMENTE CON LUGAR la reconvención y, en consecuencia:
2.1. Se condena a la demandante a respetar la condición de arrendatario del inmueble objeto del presente juicio al ciudadano Alberto Radamés Civen Pérez, parte demandada en este juicio.
2.2. Se declara SIN LUGAR la pretensión de que se declare la nulidad de la venta y que por vía de retracto se subrogue al demandado en los derechos de la demandante.
2.3. Se declara SIN LUGAR la pretensión de que se declare simulada la negociación de venta realizada por las ciudadanas Dolores Valcelli Santini de Iuliano y Marcelina Alfonso Hernández.