Este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMUN, de los ciudadanos ANGELA OSNEYDA ZAMBRANO CACERES y HECTOR ALI LOAIZA BLANCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-18.257.945 y V-16.467.898, respectivamente de este domicilio y hábiles, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos, en fecha 18 de Abril de 2009, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Juan German Roscio del Municipio Independencia del estado Táchira, según se evidencia del Acta de Matrimonio Numero 005.