DECLARA SIN LUGAR la demanda de "acción por abstención" incoada por el ciudadano: JOSE LUCIO GONZALEZ FLORES ya identificado, en contra del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Cárdenas del Estado Táchira. Y ASI SE DECIDE. En consecuencia, se acuerda oficiar a la Alcaldía del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, sugiriéndoles que en aras de la prestación de un servicio mas eficaz, se nombren suplentes en las épocas vacacionales de las Consejeras de Protección, para evitar incurrir en violación de principios elementales del derecho a la defensa. Líbrese lo ordenado. Cúmplase.
Regístrese, publíquese y déjese copia para el archivo de la Sala.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los dieciséis (16) días del mes de Enero de dos mil seis (2.006).
Abg. Gladys Jazmín Rivas Parada
Jueza Unipersonal Nro. 2
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